República de Colombia
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Corte Constitucional
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Boletín de prensa 3 de marzo de 2011
EL TIEMPO
APLAZAN NUEVAMENTE EN SENADO VOTACIÓN DE REFORMA AL ESTADO
La falta de quórum obligó el aplazamiento, una vez más, de la votación del proyecto.
Ante las protestas de algunos senadores, el presidente del Senado, Armando Benedetti, no tuvo más alternativa que citar para el próximo martes.
Al proyecto le resta solamente un artículo para ser ley, el cual tiene que ver con los departamentos administrativos.
"Francamente veo que algunos sectores quieren oponerse a la liquidación de DAS y ese es el artículo que hoy no se pudo votar, el que faculta al Presidente para poder fusionar, escindir o liquidar departamentos administrativos", dijo el ministro del Interior, Germán Vargas Lleras tras el aplazamiento de la sesión.
PRESIDENTE SANTOS DESTACÓ APOYO 'UNÁNIME' A LEY DE VÍCTIMAS
Celebró que incluso partidos por fuera de la unidad nacional firmaron ponencia para tercer debate.
El presidente Juan Manuel Santos celebró que "finalmente" todos los partidos se hayan puesto "de acuerdo" en torno a un texto para el tercer debate del proyecto de ley de víctimas, que iniciará el tercero de los cuatro debates que requiere, la próxima semana, en la Comisión I del Senado.
El mandatario exaltó que, además de los partidos de 'la U', Liberal, Conservador y Cambio Radical, "también firmaron la ponencia el Partido Verde, el Polo y el PIN".
"No muchas leyes se aprueban en Colombia con el respaldo de todo el mundo", agregó Santos, quien destacó que la "aprobación de la ley, su puesta en marcha, nos va a permitir sanar las heridas de tantas décadas de violencia".
El Jefe de Estado hizo estas declaraciones durante la siembra simbólica de un guayacán que simboliza el compromiso de su Gobierno con la restitución de tierras a los despojados.
TRIBUNAL DE BOGOTÁ RECIBIRÁ ASPIRANTES A LA CONTRALORÍA DE BOGOTÁ
Anunció que entre el 7 y el 11 de marzo recibirá hojas de vida de las personas interesadas.
Tras la recepción de las hojas de vida, los magistrados iniciarán su análisis y luego elegirán tres nombres, que serán enviados al Consejo de Bogotá para su elección.
Así lo estableció la sala plena del Tribunal tras una reunión este miércoles en la que determinaron el cronograma para elegir al contralor.
Iván Darío Gómez Lee les pidió a los presidentes de los tribunales Contencioso Administrativo de Cundinamarca y Superior de Bogotá conformar la terna correspondiente.
El Auditor General de la República hizo la petición luego de conocer la noticia sobre destitución de Miguel Ángel Moralesrussi, ordenada por la Procuraduría.
En una carta enviada a los altos tribunales, Gómez Lee expresa que, como quiera que la destitución del contralor distrital genera la vacancia definitiva del cargo, es necesaria la nueva elección en los términos del acuerdo distrital 348 del 2008.
Para el funcionario es importante suplir el cargo con el fin de no afectar la institucionalidad y la gestión de los procesos de responsabilidad fiscal que, por más de 1.8 billones de pesos, adelanta la Contraloría Distrital y que fueron detectados por la Auditoría General de la República mediante auditoría especial.
PRESIDENTE DEL CONGRESO REGAÑÓ A LOS MINISTROS QUE NO VAN A SESIONES
El presidente del Legislativo los llamó 'semifuncionarios de mediopelo' por su inasistencia.
Las críticas de Armando Benedetti se produjeron luego de que tuviera que ser levantada la sesión en la que sería votado el proyecto que busca revivir varios ministerios.
Sin embargo, la no asistencia de los funcionarios impidió el desarrollo de la sesión.
Los ministros que debían cumplir la cita de hoy eran los de Defensa, Protección Social, Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial y Minas y Energía
Por eso, el presidente de la corporación, Armando Benedetti, lanzó duras críticas a los funcionarios que no asisten a las sesiones del Congreso.
ELEVARÍAN PENAS PARA QUIEN ALTERE LICITACIONES EN COLOMBIA
Así lo aprobó la Comisión Primera de la Cámara votar en tercer debate el estatuto anticorrupción.
De acuerdo con la norma aprobada, la persona que "se concertare con otro con el fin de alterar ilícitamente el procedimiento contractual" en las licitaciones públicas o subastas, selecciones abreviadas o concursos "incurrirá en prisión de 6 a 10 años y en multa de 200 a 1.000 salarios mínimos".
Esta irregularidad estaba castigada de 2 a 4 años de prisión.
El polémico artículo segundo, que inhabilita a quienes financien campañas electorales para contratar con el Estado, aún no ha sido discutido.
EL TIEMPO.COM conoció que no hay acuerdo aún entre los ponentes de la iniciativa y el Gobierno alrededor de este tema.
La propuesta de los ponentes es que la inhabilidad se aplique a las empresas cuyos ingresos por contratación pública sean del 35 por ciento.
Sin embargo, no hubo un acuerdo con el Gobierno y el artículo tendrá que ser debatido.
En el recinto también de la Comisión Primera de la Cámara se encuentra el procurador general, Alejandro Ordóñez.
Pese a que los representantes a la Cámara llevan debatiendo desde las 11 de la mañana, aún faltan más de 40 artículos por aprobar.
Entre los principales temas que incluye el estatuto anticorrupción están la reglamentación del lobby, severas sanciones a quienes cometan irregularidades con los recursos de la salud y la creación de la comisión nacional para la moralización, encabezada por el Presidente de la República.
CORTE APELA TUTELA QUE DEJÓ LIBRE A CEREBRO DE DESFALCO DE DRAGACOL
También denunciará al juez que falló la tutela a favor de Reginaldo Bray por prevaricato.
La sala penal de la Corte Suprema apeló la decisión de la tutela que anuló una orden de captura contra el ex presidente de Dragacol Reginaldo Bray, quien había sido condenado a 6 años de cárcel por un desfalco al Estado de 17.000 millones de pesos.
Según la Corte, el juez debió rechazar la tutela, pues no se estaban violando los derechos fundamentales como lo argumentaba el condenado.
JUDICATURA LANZA PLAN PILOTO PARA DESCONGESTIONAR TRIBUNALES
Habrá 38 nuevos tribunales en Bogotá que se encargarán sólo de procesos de cobro jurídico.
A comienzos de año, había 2 millones 350 mil de esos procesos, llamados ejecutivos, represados en los tribunales.
El objetivo del plan piloto es bajar esa cifra a la mitada para finales de 2011.
El plan también busca crear jueces especializados en procesos ejecutivos y crear un juzgado que agrupe todos los casos que están inactivos.
CORTE RECHAZA DEMANDA DE MINORÍAS PARA INTEGRAR COMISIONES DE CONGRESO
La sala plena consideró que estos partidos políticos minoritarios tienen una adecuada participación.
La Sala Plena de la Corte Constitucional rechazó las intenciones de una demanda con la que se pretendía que las minorías tuvieran una representación permanente en las siete comisiones constitucionales del Senado y la Cámara de Representantes.
La demandante, Adriana Parra Hernández, había considerado que el Artículo 40 de la Ley 5, más conocida como el reglamento interno del Congreso, violaba el derecho de los partidos políticos minoritarios a tener una adecuada representación, pues este no les garantizaba la Presidencia o Vicepresidencia de las Comisiones Constitucionales.
Al estudiar el caso, la Corte encontró que las minorías tienen una adecuada partipación en la conformación de las mesas directivas de Senado y Cámara, pues tienen la libertad de postulr y votar por sus candidatos o de los otros partidos.
Por esta razón, declaró que el artículo demandado es constitucional y, por lo tanto, la conformación de las comisiones no se verá afectada.
Las comisiones constitucionales del Congreso se encargan de tramitar los proyectos de ley, de acuerdo con su especialidad. Por ejemplo, la Comisión Primera es encarga de los asuntos constitucionales, penales y políticos. La Comisión Segunda trata los temas internacionales y las Terceras y Cuartas los asuntos económicos. Entre tanto, la Quinta estudia la política energética, la Sexta, telecomunicaciones y educación, y la Séptima, salud.
EL ESPECTADOR
COLOMBIA TENDRÁ AGENTES ENCUBIERTOS CONTRA LA CORRUPCIÓN
En el Estatuto Anticorrupción se incluyó que personas de inteligencia se infiltrarán en las redes y mafias que propician actos de corrupción.
El Gobierno y el Congreso incluyeron en el Estatuto Anticorrupción un artículo donde se contempla que ahora podrán existir agentes encubiertos contra la corrupción.
El proyecto contempla que los mecanismos de "agente encubierto" podrán utilizarse cuando se verifique la posible existencia de hechos constitutivos de delitos contra la administración pública en una entidad pública. En ese sentido, el agente que se infiltre en las redes y mafias no será objeto de ningún proceso penal por adelantar ese proceso de inteligencia.
"Cuando en investigaciones de corrupción, el agente encubierto, en desarrollo de la operación, cometa delitos contra la administración pública en coparticipación con la persona investigada, el agente encubierto quedará exonerado de responsabilidad, salvo que exista un verdadero acuerdo criminal ajeno a la operación encubierta, mientras que el imputado responderá por el delito correspondiente", aclara el proyecto.
El ministro del Interior y de Justicia, Germán Vargas Lleras, explicó que lo anunció que se trata es de desmantelar las bandas de corrupción y por ende en funciones de sus tareas se puedan hacer pasar por delincuentes.
“La idea es que se ganen la confianza de quienes son corruptos y no van a estar sometido de ningún tipo de responsabilidad”, aseguró.
El Estatuto anticorrupción que está en trámite avanza en su proceso de aprobación en el tercer debate que cumple en la Cámara de Representantes.
La idea es establecer nuevas reglas de juego con miras a las prácticas políticas del país.
Las medidas más mencionadas:
Reglamentación del lobbysmo o cabildeo
Impedimentos a contratistas para portar a campañas
Agentes de inteligencia contra la corrupción
PROCURADOR PIDE AMPLIAR PRESCRIPCIÓN POR ACTOS DE CORRUPCIÓN
Planteó al Congreso que los términos pasen de cinco a ocho años en el Estatuto Anticorrupción.
Dentro del Estatuto Anticorrupción, este miércoles en la discusión de tercer debate del proyecto, el procurador Alejandro Ordóñez extendió varias peticiones al Congreso.
La que más llamó la atención, busca que sean ampliados los términos de prescripción para investigar actos de corrupción.
Según Ordóñez, ese plazo debe pasar de cinco a ocho años para poder atacar los actos de corrupción que se cometen contra el Estado.
"No siempre la autoridad conoce los hechos disciplinables cuando suceden; normalmente no es así (…) cuando se conocen después de dos años yo les confieso que es imposible lograr tomar decisiones dentro del término de prescripción", aseguró en la comisión primera de la Cámara.
Para Ordóñez ampliar los términos es ampliar la capacidad del Estado para combatir actos de corrupción.
"Sería una contribución muy importante para combatir la impunidad", señaló.
De otro lado, el procurador pidió a la Cámara aprobar en el Estatuto la facultad de revocar actos de archivos.
Al advertir que éste no es un "instrumento caprichoso", Ordóñez indició que esa capacidad estaría limitada por las mismas causales del Código Contencioso Administrativo.
El proyecto sigue su debate este miércoles.
VISTO BUENO A DECRETO QUE BUSCA READECUAR COLEGIOS AFECTADOS POR INVIERNO
La Procuraduría le pidió a la Corte que respalde la constitucionalidad de esa norma, emergida de la Emergencia Social.
Que se declare como una disposición acorde a la Carta Política de 1991 la norma que busca readecuar de manera perentoria las instalaciones educativas afectadas por la ola invernal solicitó la Procuraduría General de la Nación a la Corte Constitucional, en el marco de su examen a la Emergencia Social.
El jefe del Ministerio Público considera que se trata de un plan de atención altamente conveniente para seguir garantizando el acceso a la educación para muchos estudiantes del país y al trabajo del que deben continuar gozando los docentes que hacen parte de tales planteles.
Adicionalmente, el organismo de control consideró que urge recurrir a las directivas de los planteles educativos que no sufrieron mayores sobresaltos en sus instalaciones, a fin de que las compartan, transitoriamente, con las comunidades académicas que resultaron más afectadas por la ola invernal.
En el concepto también se busca que la Corte Constitucional conmine al Ministerio de Educación Nacional a fijar nuevamente las jornadas educativas, para que los colegios puedan albergar sin problemas a estudiantes y profesores que no cuentan con áreas adecuadas, por inundaciones y fallas infraestructurales generadas por la lluvia.
Alejandro Ordóñez respaldó así la conveniencia de este decreto, el 4827 de 2010, expedido por el Gobierno Nacional en el marco de las facultades extraordinarias que le confiere la Emergencia Social a la cual acudió a finales del año anterior para conjurar la crisis social generada en algunas comunidades a causa del invierno.
JUDICATURA, A EVACUAR MÁS DE 2 MILLONES DE PROCESOS EN 2011
La Sala Administrativa dice que confía en que jueces incrementen su productividad en un 19 %.
El presidente de la Sala Administrativa del Consejo Superior de la Judicatura, Hernando Torres Corredor, anunció que el compromiso para la Rama en 2011 es evacuar 2 millones 700 mil procesos de los casi 2 millones 800 mil que se se espera sumen los despachos jurídicos en Colombia al finalizar.
Dijo que gracias a las medidas de descongestión implantadas desde hace tres años sólo en 2010 se alcanzó reducir en 525 mil casos el déficit, pues se fallaron alrededor de 2 millones 300 mil de los 2 millones 800 mil existentes.
Torres Corredor precisó que en el 94 % de estos casos hubo decisiones por parte de los operadores jurídicos y que con un incremento en la productividad de al menos el 19 % podría alcanzarse el objetivo trasado para el presente año.
Reconoció que uno de los retos más difíciles de superar es el estado de cosas que rodea a la Jurisdicción Contencioso Administrativa, donde más de un millón y medio de casos se mantienen represados.
Sin embargo, aclaró que por lo menos 950 mil de las demandas en cuestión se encuentran inactivas, por cuanto la meta es reducir en 50 mil los expedientes en cola de ser fallados, principalemente en lo que se refiere a procesos ejecutivos.
Manifestó que, con miras a facilitar la reducción en ese aspecto, se crearán 38 nuevos juzagados municipales y de distrito que atenderán única y exclusivamente procesos ejecutivos.
UNA TAREA CLARA EN DERECHOS HUMANOS
El último informe de la alta comisionada de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos, presentado la semana pasada, registra seis grandes retos para el gobierno de Juan Manuel Santos, del cual destaca que en su comienzo se ha distinguido por “el desarme de la palabra”.
La radiografía del país, plasmada en este completo y serio informe, evidencia que hay mucho por hacer frente al fenómeno de los llamados “falsos positivos”, tanto en la investigación, juzgamiento y sanción de los responsables, como en los casos que se encuentran en la justicia penal militar y deben pasar a la justicia ordinaria. Colaboración que, por lo demás, no parece estar funcionando, según este reporte de la ONU. El total aproximado de casos de “falsos positivos” que señala el informe es de 2.500, con unas 3.000 víctimas; el 89% de los casos habrían ocurrido entre 2004 y 2008.
Según este diagnóstico, la amenaza principal para el Estado de Derecho y los Derechos Humanos son los grupos surgidos del proceso de desmovilización paramilitar, las llamadas bacrim, que por lo mismo son el gran reto; no sólo por su capacidad de generar violencia —hubo un aumento de masacres de aproximadamente un 40% en 2010, con 179 víctimas—, sino por su alta capacidad de corrupción dentro del Estado: Fuerza Pública, autoridades locales, jueces y fiscales. En este punto en particular, la Alta Comisionada pide al Estado una respuesta integral y efectiva en su combate, además de valorar los informes del Sistema de Alerta Temprana de la Defensoría del Pueblo, que como se ha dicho en numerosas oportunidades, han advertido a las autoridades tanto sobre asesinatos como sobre masacres que pudieron ser evitados.
En este contexto no pueden omitirse los asesinatos de los líderes rurales. El proceso de ley de víctimas y restitución de tierras, que algunos han llamado la gran “audacia” del gobierno Santos, podrá implementarse so, y sólo si, existen mecanismos de protección efectivos para garantizar la vida de quienes reclaman su tierra. En este aspecto, la Alta Comisionada es clara y llama al Gobierno a que le dé la misma importancia a la protección de la vida que a la restitución.
Un cuarto reto, que no olvida la opinión pública, es el de las llamadas chuzadas del DAS. El informe lo reitera, como en años anteriores, y advierte sobre la continuación de estas prácticas ilegales. Urge, entonces, a que se den “pasos decididos” para asegurar que las agencias de inteligencia se ajusten a los derechos humanos y a un Estado democrático. Asimismo, exhorta a que las investigaciones judiciales avancen para establecer y condenar a los autores materiales e intelectuales de estos crímenes.
Las elecciones de 2011 son el quinto reto que enfrentará el Estado. La amenaza de la parapolítica aún no termina y pese a las investigaciones que se adelantan, todavía intereses ilegales mueven sus fichas para continuar con el poder local en las regiones. Lo evidencia el Informe al advertir que hay señales de alerta y que deben desarrollarse mecanismos eficaces de vigilancia. En la actualidad, 13 congresistas reelegidos son investigados penalmente por la Corte Suprema.
El sexto reto, no menos importante, es el del conflicto armado y la exigencia permanente del respeto al Derecho Internacional Humanitario por parte de las guerrillas, que se han hecho las de las “orejas sordas” ante esta exigencia internacional.
Con esta clara ruta delineada por la ONU, y sobre la cual tendrá su ojo avizor, vale preguntarse: ¿La justicia penal militar entregará los casos de ejecuciones extrajudiciales a la justicia ordinaria? ¿Se desarrollará un plan integral de protección de la vida de quienes reclaman sus tierras? ¿Se podrá controlar la corrupción y la connivencia de funcionarios civiles y militares con los grupos posdesmovilización? ¿Se interpondrán los controles necesarios para prevenir más chuzadas? ¿Podrá pasar el Gobierno del “desarme de la palabra” a la acción? La tarea ha quedado clara. Ojalá se desarrolle pronto y con buena letra.
EL ESTADO DE DERECHO EN ASCUAS
Por: Rodolfo Arango
Coincido con la opinión del prestigioso penalista Yesid Reyes, publicada recientemente en El Espectador, en cuanto a que la Procuraduría excede sus competencias sancionatorias en el caso del carrusel de la contratación en Bogotá.
Por bien intencionada que sea la acción disciplinaria contra la corrupción pública y en defensa de la moralidad administrativa, las destituciones basadas en la presunta comisión de delitos por parte de los sancionados desconocen los principios del Estado de derecho y los derechos fundamentales de los procesados. Las únicas autoridades competentes para establecer si Germán Olano, Miguel Ángel Moralesrussi o los hermanos Moreno cometieron delitos, que es la base de sanción disciplinaria, son los jueces de la República, previa la investigación y acusación de la Fiscalía General de la Nación. No se trata aquí de un mero formalismo. Lo que está en juego es la existencia misma del Estado de derecho.
El jurista Reyes indica con razón que el doble juzgamiento de los implicados en el escándalo de la contratación en el Distrito Capital, que a todos nos mortifica e indigna, desconoce el principio constitucional según el cual nadie puede ser juzgado dos veces por los mismos hechos. No es sino imaginarse qué sucedería con las decisiones sancionatorias del señor procurador Alejandro Ordóñez si el día de mañana las autoridades judiciales absuelven a los involucrados en el escándalo. Su destitución se vendría al piso y la Nación tendría que indemnizarlos por los daños materiales y morales causados.
A nadie cabe duda de que los delitos contra la administración y los recursos públicos deben ser perseguidos con toda contundencia y celeridad. Se trata de bienes “sagrados”, como diría el exalcalde Antanas Mockus. Pero este objetivo no puede perseguirse a cualquier costo. Los principios de separación de poderes y de juez natural han sido acuñados a lo largo de la historia por la conciencia jurídica de la humanidad para evitar la arbitrariedad de los detentadores del poder. En el caso del procurador general de la Nación y de su poder sancionatorio, sus facultades se limitan a vigilar el buen desempeño de los servidores públicos en el cumplimiento de sus funciones. Por supuesto quien comete un delito desconoce sus deberes como agente del Estado. Pero para concluir lo segundo es necesario establecer lo primero, lo cual requiere el pronunciamiento definitivo de los jueces penales.
La rapidez del proceder abreviado en la Procuraduría contrasta con la pasmosa lentitud de la Fiscalía, el verdadero “elefante blanco” de la historia. La lentitud paquidérmica de las investigaciones penales deja al país sin justicia efectiva. La incapacidad de los colombianos para institucionalizar una administración de justicia pronta y eficaz es proverbial, como patente es la precariedad de nuestro Estado democrático de derecho. Tal debilidad favorece el surgimiento de almas bienintencionadas o de poderosos “cruzados” que buscan hacer justicia material en los extramuros de la ley. Tan endeble es la actuación del Procurador, que en respuesta a un recurso de reposición reduce la sanción a Olano de 15 a 12 años de inhabilidad al aceptar que el funcionario “no tuvo un incremento patrimonial injustificado” como se había sostenido inicialmente. Precisamente para evitar la subjetividad en el juzgamiento es que el derecho moderno hizo de la independencia judicial un principio fundamental del Estado de derecho y rodeó a los acusados de garantías procesales. Nada de esto se observa en el presente caso.
EL NUEVO SIGLO
INTERVENDRÁN SUPERINTENDENCIA DE NOTARIADO
Por medio de un proyecto de ley, el Gobierno Nacional buscará que los registradores sean elegidos a través de un concurso, similar al de la carrera notarial.
El propósito es tener un mayor control sobre estos funcionarios y sacarlos del llamado ‘carrusel de titulaciones’ que, según la Superintendencia de Notariado y Registro, ha usurpado más de 150 mil hectáreas de tierras al Estado y a las víctimas de la violencia, por medio de la falsificación de las escrituras.
150 mil hectáreas que fueron tituladas de manera irregular y que ahora servirán para la restitución a las víctimas de la violencia se encuentran en Chocó, Córdoba y Antioquia dijo el Superintendente de Notariado
A este fenómeno, el Superintendente lo denominó como la “mafia de las tierras”, Jorge Enrique Vélez explicó que en Colombia hay 14 millones 700 mil bienes registrados, 70% urbanos y 30% rurales.
Según el Superintendente, 15 mil hectáreas se encontraron en Mapiripán, 30 mil en Chocó, 34 mil en los Montes de María, 20 mil en el Oriente Antioqueño y 30 mil más provenientes de una “nueva modalidad” de “ciudadanos que tienen una finca y al lado un predio baldío y hacen la titulación de los linderos y se van quedando con esos predios”.
El funcionario manifestó que esos predios, que pertenecen al Estado, hacen que sea éste se convierta en otra víctima del robo de tierras.
"Lo que nos ha preocupado es que este no es un tema de desplazamiento, son tierras baldías que fueron robadas al Estado colombiano, que es una de las principales víctimas", indicó.
Hasta ahora, las investigaciones, que se han llevado a cabo en tan solo 8 oficinas de registro, han generado la destitución de 4 registradores. Los casos más graves están en la Fiscalía y la Procuraduría.
Igualmente se articula información con la Registraduría, ya que la huella digital se actualizó en las nuevas cédulas lo que permitirá prevenir la estafa y la suplantación
OFF DE RECORD
Otro referendo (I)
La controversia, en torno de la decisión que debe tomar la Corte Constitucional sobre la posibilidad de que las parejas homosexuales puedan adoptar, irá más allá del sentido del fallo que adopte el alto tribunal. Según trascendió, si la Corte ratifica la prohibición de adopción a parejas del mismo sexo, varios grupos empezarían de inmediato una campaña de recolección de firmas con el fin de convocar un referendo al respecto para que sea la ciudadanía, directamente en las urnas, la que tome la decisión final, no sólo frente al tema de la adopción sino también sobre el matrimonio.
Otro referendo (II)
Pero si la Corte llegara a dar vía libre a la adopción en parejas gais, otro grupo de organizaciones también se lanzaría a las calles a recoger firmas para promover un referendo que eche abajo la eventual decisión del alto tribunal. Según los impulsores de esta posibilidad, la opción de triunfo es muy alta, porque las distintas encuestas han ratificado una y otra vez que las mayorías se oponen a legalizar los casamientos y adopción en parejas del mismo sexo. Además, es claro que en ese caso la Iglesia Católica, confesión religiosa mayoritaria en el país, jugaría un papel preponderante y activaría una campaña de amplio espectro para defender sus tesis doctrinarias respecto a este espinoso asunto.
VIGILANCIA ELECTRÓNICA VA A EXAMEN CONSTITUCIONAL
La demanda contra la norma que sustenta esta sustitución penal, argumenta que viola el principio de igualdad.
EL TEMA de la vigilancia electrónica, como sustitución de la reclusión, que tanta polémica le generó al Gobierno meses atrás por cuenta de las continuas burlas al sistema que hacían los condenados, será analizada desde esta semana por la Sala Plena de la Corte Constitucional, que a más tardar hacia finales de este mes deberá dictaminar si es exequible o no.
El alto Tribunal, con ponencia del magistrado Humberto Antonio Sierra Porto, deberá determinar si la Ley 1.142 del 2007 viola el derecho a la igualdad, como lo sustenta la demanda.
La norma, que reforma el Código Penal, incluye en el capítulo del sistema de vigilancia electrónica los requisitos para que un condenado a prisión pueda acceder a este “beneficio”, entre los que se encuentra que la pena impuesta no supere los ocho años de prisión, que el beneficiado no represente un riesgo a la comunidad, cumplir con algunas obligaciones como buena conducta y realizar el pago total de la multa.
Este último requisito es el acusado, porque según el demandante Julián Arturo Polo discrimina a quienes no tienen capacidad económica para realizar el pago total de la multa.
“El precepto demandado impide el acceso al sistema de vigilancia electrónica como sustitutivo de la prisión a los condenados que carecen de los recursos necesarios para pagar la totalidad de la multa”, señala la demanda.
Concepto del Procurador
En concepto rendido a principios de octubre del año pasado, el procurador Alejandro Ordóñez le pidió a la Corte Constitucional declarar exequible el inciso demandado.
El jefe del Ministerio Público argumenta su decisión en la sentencia C-194 de 2004 proferida por la Corte, en la que declara exequible el pago total de la multa para conceder la suspensión condicional de la ejecución de la pena.
Según el órgano de control, la Corte dictaminó en ese fallo “que la multa, como manifestación de la potestad punitiva del Estado, se encuentra sometida a determinados criterios legales a ser tenidos en cuenta en el trámite de imposición de la pena, consagrados en los artículos 39 y 40 del Código Penal, razón por la cual no se vulnera el principio de igualdad, establecido en el artículo 13 Superior”.
De hecho, el fallo citado por la Procuraduría dice: “La Corte concluye que cuando la capacidad económica del condenado es mínima o inexistente, el sistema jurídico ofrece una alternativa económica, consistente en la posibilidad de prorrogar el pago mientras el obligado encuentra los medios para cancelarla, y una alternativa no económica, que consiste en la posibilidad de conmutar la obligación de dar por una obligación de hacer, consistente en el desarrollo de actividades de naturaleza e interés sociales (…) Lo anterior implica que la capacidad o incapacidad de pago del individuo no es irrelevante –por el contrario, es indispensable- para determinar el monto de la multa, así como su forma de pago e, incluso, la posibilidad de amortizarla mediante trabajo o, en casos extremos, de convertirla en arresto de fin de semana”.
Sin embargo, expertos consultados por EL NUEVO SIGLO indicaron que la Corte deberá examinar a fondo la normatividad que regula el método de imposición de la multa y los mecanismos dispuestos para facilitar su pago, y que de encontrarlos contrarios a la Constitución, podría declarar el inciso demandado inexequible, independiente del fallo del 2004, pues en ese entonces fue demandada otra norma, aunque con los mismos argumentos.
De ser declarada inconstitucional la norma, el Gobierno tendría que buscar una alternativa a la reclusión intramural, pues el espíritu de la ley es la descongestión en las cárceles.
PORTAFOLIO
MISIONES DIPLOMÁTICAS DEBERÁN RESPONDER POR SUS EMPLEADOS
Corte Constitucional decidió que las delegaciones extranjeras deben asumir los pagos por seguridad social de los funcionarios diplomáticos colombianos y/o residentes en el país.
Las misiones y delegaciones diplomáticas acreditadas en Colombia deben responder por la seguridad social de sus funcionarios locales: nacionales colombianos y/o residentes permanentes en el país, decidió la Corte Constitucional.
Según el alto tribunal, la relación laboral entre una misión y/o delegación extranjera y sus trabajadores, en territorio nacional, se debe gobernar por la ley y las normas contractuales del Estado receptor, es decir, Colombia. Por ello, las afiliaciones, cotizaciones, aportes de seguridad social y/o similares se han de realizar con base en el Código del Trabajo colombiano, dijo la corporación.
Así, las misiones diplomáticas “pueden ser llamadas a juicio por tribunales del país, cuando se encuentren comprometidos derechos laborales y prestacionales de connacionales y residentes permanentes en el territorio colombiano, que prestaron sus servicios”, aseguró la Corte.
Esto se permite, explicó el alto tribunal, porque en el ámbito internacional y local los Estados ya no tienen inmunidad absoluta en materia laboral, debido a que ahora se aplica la tesis de la ‘inmunidad restringida’.
“Quiere decir –subrayó la Corporación– que un Estado acreditante no puede alegar inmunidad por reclamos sobre del contrato de trabajo o la ejecución de relaciones laborales”.
Para efectos de contratos de trabajo, destacó el alto tribunal, las misiones o delegaciones diplomáticas se asimilan a los empleadores particulares colombianos.
LA CONTROVERSIA
Con estos argumentos, la Corte concedió una acción de tutela presentada por una ciudadana colombiana contra la Misión Diplomática de la Embajada de la República Bolivariana de Venezuela, en Colombia, a raíz de la vulneración de su derecho a la seguridad social, porque se le suspendió el pago de la pensión, que le corresponde como ex funcionaria.
El alto tribunal le ordenó a esa instancia extranjera responder por el pago de la pensión de esta ex trabajadora, quien laboró como secretaria general y asistente de personal, al servicio del consulado del Gobierno venezolano, en Bucaramanga, durante 22 años y 6 meses.
En el fallo T-932 de 2010, la Corte dispuso que la ex funcionaria, hoy de 83 años de edad, debe recibir “la suma equivalente a un salario mínimo legal mensual vigente, conforme a las normas colombianas, a título de pensión provisional de vejez”. El pago mensual deberá iniciarse en un término de 15 días calendario, a partir de la notificación de esta providencia.
El fallo fue refutado
La sentencia que obliga a iniciar el pago de la pensión a la ex funcionaria colombiana la dictó la Sala Novena de Revisión de la Corte, presidida por el magistrado Luis Ernesto Vargas. Al respecto, el Gobierno venezolano sostiene que, en el 2010, ya pagó el monto de esta pensión, con base en sus leyes y, por tanto, considera que esta tutela no procede “porque las autoridades colombianas no tienen jurisdicción para conocer de asuntos en contra de otros Estados, por cuanto las sedes diplomáticas gozan de inmunidad”. A esto, la Corte advirtió que el Estado extranjero no puede alegar la inmunidad de jurisdicción laboral por este tipo de reclamos.
REVISTA SEMANA
PROCURADOR PIDE FACULTAD PARA REABRIR PROCESOS POR CORRUPCIÓN ARCHIVADOS
El jefe del Ministerio Público, Alejandro Ordóñez, también pidió ampliar de cinco a ocho años el término de prescripción de los procesos disciplinarios.
Dos peticiones, muy controvertidas, le hizo el procurador general, Alejandro Ordóñez, a la Comisión Primera de la Cámara que completa dos semanas estudiando el estatuto anticorrupción.
La primera es la facultad para revocar fallos disciplinarios proferidos por la propia Procuraduría. Sin embargo, Alejandro Ordóñez aclaró que sólo se trataría de aquellos que hayan sido archivados por falta de pruebas.
Muchos representantes a la Cámara advirtieron con preocupación que otorgar esta facultad podría generar “inseguridad jurídica”.
Ordóñez explicó que los procesos con auto de archivo no son fallos definitivos, y que bien podrían reabrirse siempre y cuando se alleguen pruebas y evidencias que permitan calificar la actuación y determinar que un funcionario debe rendir cuentas por presuntos actos de corrupción. “Si ya hay un fallo de absolución o de sanción esos son inmodificables”, aclaró.
El procurador también advirtió que la posibilidad de reversar este tipo de decisiones tendría un término específico. Serían seis meses a partir del archivo de la investigación en los que, de allegarse nuevas evidencias, podrían suponer la apertura de un proceso.
Ocho años para investigar actos de corrupción
“Cinco años no son suficientes para investigar la corrupción”. Esas fueron las palabras con las que el procurador general, Alejandro Ordóñez, le pidió al Congreso mayores instrumentos para investigar delitos contra el patrimonio público.
Ordóñez también les sugirió a los representantes de la Comisión Primera que amplíen el término de la prescripción de los procesos disciplinarios.
Actualmente, las investigaciones disciplinarias tienen un término máximo de cinco años, tiempo en el que la procuraduría debe investigar y calificar la actuación de los funcionarios públicos sobre los que haya quejas de corrupción.
“No siempre la autoridad conoce los hechos disciplinables cuando suceden; normalmente no es así. Hay veces que los conocemos después de dos años. Yo confieso que es imposible lograr tomar decisiones dentro del término de prescripción, que actualmente es de cinco años”.
La petición del procurador pretende que la acción disciplinaria tenga como término ocho años, un periodo de tiempo que calificó como “prudente”.
Para algunos representantes cinco años sí son suficientes, y de aumentar el término, como lo explicó el representante Camilo Abril (Cambio Radical), tardarían más los fallos disciplinarios y afectaría la administración pública. Citó casos en que autoridades locales son objeto de investigación e incluso participan de debates electorales sin tener claridad de su situación disciplinaria.
Otros respaldaron la tesis del procurador y explicaron que el debido proceso está acompañado de muchos recursos jurídicos que pueden dilatar los procesos, e incluso, muchos abogados son expertos para conseguir que pase el tiempo de prescripción a punta de estos recursos, tal como lo afirmó el representante Germán Varón.
La Comisión Primera de la Cámara de representantes avanza en la discusión del estatuto anticorrupción. Tras dos semanas de discusión ha aprobado 89 artículos, eliminado 7 y faltan 56 artículos por definir.